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Sunday, September 3, 2017

¿Qué Tratamientos Están Cubiertos en el Seguro de Compensación Laboral?

Si se lastima en el trabajo y necesita recuperarse, es importante que sepa que su tratamiento está cubierto.

Los beneficios de compensación laboral cubrirán el tratamiento médico, siempre y cuando lo realice su médico y sea necesario por sus lesiones o enfermedad.

Pruebas Cubiertas por los Beneficios de Compensación Laboral


  • Radiografía
  • Resonancia magnética
  • Tomografía
    Ultrasonido

Importante: Estas Pruebas Están Cubiertas si Sirven para su Diagnóstico


Cualquier cuenta médica que forma parte de su tratamiento y recuperación por la lesión laboral estará cubierta por su seguro de compensación laboral. Así como todos los medicamentos, visitas al médico, cirugías, salas de emergencia y hospitalizaciones. También si necesita algo especial, como una silla de ruedas o un refuerzo de piernas. Es posible que los costos de transporte también estén cubiertos.

Así como la rehabilitación física, la terapia física, la terapia profesional, los masajes o el trabajo quiropráctico. Algunos estados tienen limitaciones en cuanto a la cantidad de visitas de terapia.

Si sus lesiones laborales le impiden volver a su antiguo trabajo, algunos estados le darán beneficios por rehabilitación profesional. Esto incluye capacitación y orientación profesional para que encuentre otro buen trabajo en el futuro. Algunos estados hablan de estos servicios como beneficios “suplementarios por desplazamiento laboral”. Y pueden ayudarlo con la capacitación, el entrenamiento o los equipos necesarios para trabajar.

Tratamientos Que no Suelen Estar Cubiertos


Algunos tratamientos y medicamentos experimentales no están cubiertos. Tampoco los tratamientos alternativos, como acupuntura, homeopatía y medicina ayurvédica. Sin embargo, algunos estados sí cubren estos tratamientos.

Si el médico no cree que el tratamiento es necesario, el seguro no lo cubrirá. Su compañía de seguro de compensación laboral tampoco cubrirá lesiones no relacionadas.

¿Usted o un Ser Querido se Lastimaron en el Trabajo?


Contáctese con alguna de nuestras oficinas:

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